DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la ABG. ALICIA CARRASCO, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano BELQUESIDE CAMACHO, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 25 de Marzo de 2008, mediante la cual DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en virtud de estar acreditada la extinción de la acción penal, con respecto del delito de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal y ENCUENTRA CULPABLE AL CIUDADANO BELQUESIDE CAMACHO, por la presunta comisión de los delitos de ROBO GÉNERICO y VIOLACIÓN y se le CONDEN.....