DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE, la presente acción de amparo interpuesta por por Abg. Rosa Emilia Cortez Valdez, en su carácter de Defensora Privada de la ciudadana DAIVI NEMUEL NAVAS VARGAS, titular de la cédula de identidad N° 12.786.851, contra el Tribunal de Primera Instancia Estadales en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, por presunta omisión de pronunciamiento respecto a una serie de solicitudes realizadas por su persona en las siguientes fechas 10/12/2013, 17/12/2013, 11/03/2014, 01/04/2014, 02/10/2014, 16/10/2014, 13/12/2014, a los fines de corregir dilaciones indebidas en el proceso en el plazo razonable, señalando que le fueron violentados sus derechos constitucionales, especialmente de acceder a las prueba.....