DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado PEDRO PEREZ BLANCO, actuando en su carácter de Representante de la empresa mercantil OSTER DE VENEZUELA S.A.,, contra decisión dictada en fecha 05 de Septiembre de 2016, por el Tribunal de Juicio N° 6 Itinerante de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en el asunto signado con el N° KP01-P-2008-010062. SEGUNDO: SE ANULA el fallo apelado publicado sus fundamentos en fecha 05 de Septiembre de 2016, por el Tribunal de Juicio N° 6 Itinerante de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia se ordena la distribución de la causa Principal a un Tribunal de Juicio distinto al que dictó el fallo. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
Dada, firmada.....