DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de amparo constitucional interpuesta por la Abg. Taydee Enrique Vegas Escobar, quien manifiesta en su escrito actuar en su condición de representación de la ciudadana LILIANA DEL CARMEN GIL LINAREZ, por la presunta violación de los preceptos constitucionales consagrados en los artículos 26, 27, 49 numerales 3º y 8º, 51, 55 todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta omisión de pronunciamiento, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, en relación a unas diligencias que se han presentado, en el asunto principal signado con el Nº KP01-S-2012-002005; de conformidad con lo establecido en el artíc.....