DISPOSITIVA
Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Almarina Ferrer en su condición de Defensora Privada del ciudadano JULIO ALIMIR DIAZ GOMEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05 de éste Circuito Judicial Penal, fecha 13/05/2013 y fundamentada en fecha 30/05/2013, mediante el cual PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y CONDENA al ciudadano JULIO ALIMIR DIAZ GOMEZ, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS mas las accesoria de la Ley, por la comisión de los delitos de TRAFICO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR,.....