DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Auto, la Abg. Maruja Bruni De Díaz, en su carácter de Fiscal Auxiliar Vigésima del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada en fecha 10/10/2013, por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 7 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual le otorgó a los procesados GERSON JOSÉ SAAVEDRA, titular de la cédula de identidad N° 24.667.658 y LUÍS FERNANDO PÉREZ LISCANO, titular de la cédula de identidad N° 22.325.239, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta (30) días ante la taquilla de presentaciones d.....