Por los motivos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la Recusación planteada por el ABG. GILBERTO LEON ALVAREZ, actuando en este acto en su condición de Apoderado Judicial de la querellante ciudadana FRANCIA LOPEZ MEDINA, planteada en el asunto principal N° KP01-P-2013-003541, contra la Abg. GRERORIA SUAREZ, Juez de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 09 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara; de conformidad con la causal prevista en el numeral 4 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, Firmada, sellada, y refrendada en la Sala de audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a los Veinte (20) días del Mes de Septiembre del Dos Mil diecisiete (2017). Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación. Regístrese, Publíq.....