DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Defensores Privados, Abg. WILMER MUÑOZ BRAVO, ANDRY FIGUEROA y YHONATAN ESCOBAR, I.P.S.A N°23.397, 271.469 Y 277.895, actuando en tal carácter del ciudadano JOSE ANGEL HEREDIA ADONAGEI, titular de la cedula de identidad V- Nº.18.656.720, contra la decisión dictada en fecha 23 de Septiembre de 2019 y fundamentada en fecha 25 de Septiembre de 2019, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual Legaliza Orden de Aprehensión librada en su oportunidad legal, Admite la Imputación Fiscal, decreta Procedimiento Ordinario y Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano JOSE ANGEL HEREDIA ADONAGEI, titular de la c.....