DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. JERMAN ESCALONA, inscrito en el I.P.S.A N° 140.995 en su condición de Defensor Privado del ciudadano FRANDY DE JESUS MUJICA, titular de la cedula de identidad N° V-20.540.572, contra de la decisión publicada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 05 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 06/07/2018, mediante el cual CONDENA Al Ciudadano FRANDY DE JESUS MUJICA, Titular de la Cedula de Identidad N° V-20.540.572, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 45.....