DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Leonardo Mendoza Pérez, en su condición de Defensor Privado del ciudadano CRISTIAN JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 20/11/2014, y fundamentada en fecha 26/11/2014, mediante el cual no se pronuncio sobre las pruebas presentadas por la defensa en su escrito de contestación a la acusación.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en al ciudad de Barquisimeto a la fecha mencionada ut supra. (2015). Años: 204° de la Independencia y.....