Declara IMPROCEDENTE IN LIMINIS LITIS la presente Acción de Amparo interpuesta por el Abg. Pedro José Troconis Da Silva y Abg. Yenny Josefina Villalba Mendoza, en su condición de Defensores Privados de José Felix Banfi Ramos y Gustavo de Jesús del Valle Vaamonde, evidenciarse lesión alguna a los derechos de igualdad entre las partes, debido proceso, tutela judicial efectiva y derecho a la defensa, toda vez, que la recepción de nuevas pruebas establecidas en el artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal, constituye una potestad o facultad a discreción del Juez de la causa, quien decidirá si procede o no, la inclusión de las mismas al proceso.