Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Yessenia Herrera Agüero, en su condición de Defensora Pública del ciudadano Johan Alejandro Bejarano, contra la decisión dictada en fecha 27 de Abril de 2015 y fundamentada en fecha 28 de Abril de 2015, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Johan Alejandro Bejarano, por encontrarse llenos los numerales 1°, 2°, 3° del artículo 236 y parágrafo del artículo 237 de la norma adjetiva penal, imputado por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE AUTOR INTELECTUAL, previsto y sancionado en el art.....