DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Ciudadanos Ricardo Alvarado Giménez y María Gabriela Alvarado Villegas, asistidos por la Abg. Jenny Gil, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 06 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 15/03/2013, mediante el cual NIEGA POR IMPROCEDENTE LA ENTREGA DEL VEHICULO con las características siguientes: CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: CHEVROLET, PLACAS: AB141UK, MODELO: CHEVY, TIPO: SEDAN, COLOR: BLANCO, SERIAL DE CARROCERIA: 1X69DFV1105023, SERIAL DE MOTOR: DFV105023, USO: PARTICULAR, presentada por la abogada JENNY COROMOTO GIL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro. 161.493, en su carácter de apoderada .....