Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el Recurso de Apelación, interpuesto por los Abogados Lina E. Dupuy R, Reina M. Franquiz G. y Cruz M. Hernandez V., defensores de los ciudadanos Americo J. Torres C., Wilkerman N. P., Eduardo K. Goyo E., Maickeill A. Riera B. y Rene A. Gimenez; contra la decisión dictada en fecha 25 de Septiembre de 2017 y fundamentada en fecha 27 de Septiembre de 2017, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nro. 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decreta Medida De Privación Judicial Preventiva De Libertad, en la causa principal signada con el Nº KP01-P-2017-034408.