DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abg. JOSÉ ANDRES BRICEÑO, quien manifiesta actuar en su condición de Defensor Privado del ciudadano HÉCTOR JOSÉ JIMENEZ MEDINA, por la presunta violación de las garantías constitucionales contenidas en los artículos 26, 49 y 51 de la Carta Margna, referidas a la tutela judicial efectiva, derecho a la defensa y debido proceso, derecho de petición, respectivamente, al no haber emitido pronunciamiento respecto a la solicitud realizada por la defensa del decreto de la Omisión Fiscal en la causa principal signada con el N° KP01-S-2014-004102; de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Const.....