DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Betzabe Colmenarez, en su condición de Defensora Publica del ciudadano OSCAR DANIEL COLMENAREZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 18/05/2013 y fundamentada en fecha 20/05/2013 mediante el cual declaro Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano OSCAR DANIEL COLMENAREZ, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la.....