TITULO III.
DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Zolanlly Cadenas, en su condición de Defensora Privada del ciudadano HUBERTO GÓMEZ, contra la decisión dictada en fecha 29/10/2012 y fundamentada en fecha 02/11/2012, por el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decretó al ciudadano HUMBERTO GÓMEZ, las Medidas Cautelares Innominadas de Enajenar y Gravar los bienes de la comunidad conyugal, hasta un cincuenta por ciento, tal como lo establece el artículo 92 ordinal 3º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, se a.....