DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Verónica Andreina Gutiérrez Pineda, actuando en su carácter de Fiscal Interina Adscrita a la Fiscalia Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contra la decisión dictada en fecha 23/05/2013, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 08 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual declara procedente la solicitud de revisión de medida y en consecuencia le impone a los ciudadanos LUIS ANGEL AMARO LINAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.642.983, RENNY ORLANDO CAMACHO GARRIDO, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.269.492, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, de conformidad con lo previs.....