DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Defensor Público Abg. RUBÉN DARÍO VILLASMIL, en su condición de representante legal del ciudadano Alí Enrique Álvarez Escalona, ya que, la presunta violación del derecho constitucional alegado por el accionante, CESO, al momento en que el Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 03 de Julio de 2008, se pronunció en relación a la solicitud de revisión de la medida realizada por el Abogado Ruben Villasmil en representación del ciudadano Alí Enrique Álvarez Escalona, donde NEGÓ la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad realizada, y acordó mantener la .....