DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO el fallo recurrido dictado en fecha 04/12/2013 y Fundamentada en fecha 05/02/2014, mediante el cual CONDENO al ciudadano WILFRAN JOSE TRIANA BARRIOS, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRISION, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN MODALIDAD DE OCULTACION previsto y sancionado en el articulo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Droga, USO DE NIÑO PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 236 de la Ley Orgánica para la Protección de niño, niña y Adolescente.
SEGUNDO: SE ORDENA REALIZAR NUEVAMENTE EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, con un Juez distinto al que pronuncio la decisión anulada, prescindiendo de.....