Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA INHIBICION planteada por la Abg. Nataly González Páez, en su condición de Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, fundamentada en sus numerales 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 87 ejusdem, en la Causa Principal Nº KP01-S-2010-001733.