Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Leomar Álvarez en su carácter de Defensor Publico Penal Cuarto Penal Ordinario, actuando de representación del ciudadano Mario Antonio Riera Chirinos, contra la decisión de fecha 18 de Mayo de 2011 y fundamentada en fecha 19 de Mayo de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 11 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, mediante la cual CONDENO al ciudadano Mario Antonio Riera Chirinos a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION y las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una.....