Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la presente acción de amparo interpuesta por la ciudadana Alenexy Catherine Bermudez Caraballo, contra la Abg. Leila-Ly Zicarelli, en su condición de Jueza del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial del Estado Lara.
Regístrese la presente decisión, no se ordena notificar a las partes en virtud de que la presente decisión se publica dentro del lapso legal.-