Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara DE OFICIO LA NULIDAD de la decisión dictada en fecha 09 de Junio de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual NIEGA LA ENTREGA DEL VEHICULO, CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBU, COLOR: BEIGE, TIPO: SEDAN, USO: TRANSPORTE PÚBLICO, PLACAS: 107-034, AÑO: 1979, SERIAL DE MOTOR: DEBASTADO, SERIAL DE CARROCERIA: 1T19MJV200942, a los ciudadanos Milexa Coromoto Jiménez, titular de la cédula de identidad Nº 11.790.222, Humberto José Colina Salcedo, titular de la cédula de identidad Nº 7.428.957 y Antonio José Peña Hernández titular de la cédula de identidad Nº 3.541.320.
SEGUNDO: QUEDA ANULADA la Decisión dictada en fecha 09 de Junio de.....