Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO, la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 06 de éste Circuito Judicial Penal, en audiencia oral de presentación de Imputado celebrada en fecha 15 de Abril de 2011, mediante el cual DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado Harrison Alexander Lemus, consistente de LA DETENCIÓN DOMICILIARIA.
SEGUNDO: Remítase con carácter de urgencia el presente asunto a un Juez de Control distinto al que conoció de la presente causa, a los fines de que se realice con la celeridad que el caso amerita nuevamente la Audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, con respecto a la medida de coerción impuesta al ciudadano H.....