DISPOSITIVA
Por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recuso de Apelación interpuesto por la Abogada Margarita Rodríguez en su condición de Defensora Publica Décimo Cuarta Penal Ordinario adscrita a la Unidad de Defensa Publica Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en tal carácter del ciudadano Eledexi Pico, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de abril de 2015, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declara IMPROCEDENTE la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO, a la penada ELEDEXI PICO, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.380.355, de conformidad con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 8 de la Ley de Redención Judicial.....