Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abg. José Ramón Fernández Medina en su carácter de Fiscal Décimo Primero 11º del Ministerio Publico del Estado Lara, contra la decisión dictada en fecha 15 de Diciembre de 2010 y fundamentada en esa misma fecha, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual considero procedente revisar la medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano Dany José Mendoza, sustituyéndola por la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad consistente en la Detención Domiciliaria.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la Decisión del A quo y en consecuencia, SE DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA D.....