DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. REINA ALMAO, en su condición de Defensora Pública de ciudadano JOHANDER JOSE MENDOZA RODRIGUEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04 de éste Circuito Judicial Penal, en Audiencia Oral celebrada de conformidad con el artículo 373 (hoy artículo 234) del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 27/08/2012 y fundamentada en fecha 03/09/2012, mediante el cual le decretó LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JOHANDER JOSE MENDOZA RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el.....