Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada PERLA TORRELLES PÉREZ, actuando en su carácter de Defensora Pública del ciudadano JHONNY JOSÉ ÁLVAREZ CHIRINOS, contra la decisión dictada en fecha 09 de Agosto de 2012 y fundamentada en fecha 10 de Agosto de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 12 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, mediante el cual REVOCÓ la medida de suspensión condicional del proceso y CONDENÓ a su defendido, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfic.....