Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Almarina Ferrer Guerrero en su condición de Defensora Publica del ciudadano Carlos Javier Rodríguez, contra la decisión dictada en Audiencia de Presentación de Imputado celebrada en fecha 19 de Octubre de 2010 y fundamentada en fecha 22 de Octubre de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Carlos Javier Rodríguez, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 4º del Código Penal Venezolano y DAÑOS A LA PROPIEDAD previsto en .....