Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la Recusación efectuada por la Abogada CARMEN PEROZO, actuando en su carácter Defensora Privada del ciudadano EDWIN RAMON CASTILLO, en contra de la ciudadana Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante N° 8 de éste Circuito Judicial Penal, Abog. MAILES ROSALGELA MERTÍNEZ PARRA, en el Asunto Principal signado bajo el N° KP01-P-2001-001680 por no darse los supuestos legales contenido en los numerales 7 y 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese y remítase las presentes actuaciones, al Tribunal Primera Instancia que corresponda.