Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la Recusación interpuesta por la Abogada LESLIS MORONTA LOPEZ, actuando en su carácter Abogada Asistente de las ciudadanas Ingrid Mercedes Ariza, Nivia Rosa Gutiérrez Bohórquez y Luzmarina del Valle Laborde, contra el Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 06 de este Circuito Judicial Penal, Abg. CARLOS LUIS GONZALEZ, en el Asunto Principal signado bajo el N° KP01-P-2007-001281, por no darse el supuesto legal contenido en el numeral 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.