Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en primera instancia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta en fecha 14 de Junio de 2007, por la Abogada Milagro Coromoto Riera, en su carácter de defensora privada del ciudadano Antonio José Valera, quien tiene cualidad de Imputado en el Asunto Principal signado bajo el Nº KPO1-P-2004-001379, contra el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 de éste Circuito Judicial Penal.