esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados Anibal B. Palacios C. y Juan Carlos Rodríguez Alfonzo, en su condición de Defensores Privados de la ciudadana Yaneth Carolina Osorio Medina, en contra de la Decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 de éste Circuito Judicial Penal en fecha 12 de Agosto de 2008 mediante la cual Acordó imponer a su defendida las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad contenidas en los numerales 3 y 9 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentación periódica cada 15 días y el cierre del establecimiento comercial donde funciona el Centro de Especialidades Estéticas Carolina Osorio.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la Deci.....