esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Ana Morillo, en su condición de Defensora Pública del ciudadano Guelmis Antonio Marchena Jiménez, contra la decisión dictada por el Juzgado Itinerante de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial Penal en fecha 19 de Junio de 2008 mediante la cual dictó Orden de Aprehensión en contra de su defendido.
SEGUNDO: Queda ANULADA la Decisión del A quo.