Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara DE OFICIO LA NULIDAD de la decisión en fecha 31 de Octubre de 2013, por la Jueza Séptima de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en el asunto signado bajo el Nº KP01-P-2008-007856; mediante el cual Niega la solicitud de Prescripción de la Pena realizada por la Abg. Erika Maria Toussaint Morales.
SEGUNDO: Queda ANULADA la Decisión apelada, dictada en fecha 31 de Octubre de 2013, por la Jueza Séptima de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en el asunto signado bajo el Nº KP01-P-2008-007856; mediante el cual Niega la solicitud de Prescripción de la Pena realizada por la Abg. Erika Maria Toussaint Morales.
TERCERO: Se ordena remitir las pre.....