DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ABG. REINA LOPEZ y Abg. ALICIA LOPEZ, por la presunta OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, por parte del Juez de Control Nº 02, por presunta violación de derechos Constitucionales consagrados en los artículos 26, 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respecto a la solicitud de revisión de medida cautelar sustitutiva de Libertad, efectuada por la defensa en el asunto principal signado con el N° KP01-P-2016-27149; ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, cuando la Juez Abg. SOLIMAY ARRIETA, en fecha 13 de Diciembre de 2018, declara la Negativa por Improcedente la .....