DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. REINA MILENA ALMAO, contra de la decisión dictada en la audiencia oral, celebrada en fecha 12-12-2013 y fundamentada en fecha 16-12-2013, por la Jueza del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano WUISNER JOSÉ LÓPEZ LÓPEZ, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO AGRAVADO DE DROGA EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149 ordinal 2° y, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley de Desarme.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia.....