DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. José Ramón Ereu, en su condición de defensor privado de la imputada Enmanuel Alexis Tovar Sira, contra de la decisión dictada en la audiencia oral celebrada en fecha 01-06-2015 y fundamentada 08-06-2015, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en función de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en el asunto Nº KP01-P-2014-014127, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al imputado Enmanuel Alexis Tovar Sira, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado Cometido con Alevosía, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Pe.....