DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la Abg. Loveila Montenegro, en su condición de Defensora Pública Auxiliar Segunda del ciudadano YON KENEDY GAONA CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.541.241, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de Diciembre de 2017 y fundamentada en fecha 21 de Diciembre de 2017, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 01, mediante la cual decreto la Medida Privativa de Libertad en contra de los ciudadanos MARY CARMEN GOMEZ DATICA y JON KENNEDY GAONA CAMACARO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1ero del Código Penal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala d.....