Por las razones expuestas, este Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la Dra. Amelia Jiménez, en su condición de Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, fundamentada en el numeral4° del artículo 86 y en concordancia con el articulo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.