DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la Jueza Profesional de la Corte de Apelaciones, Yanina Beatriz Karabin Marín, fundamentada en el numeral 7 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, en el recurso Nº KP01-R-2012-000372.
Publíquese, regístrese y notifíquese, remita copia certificada de la presente decisión, a la Jueza inhibida. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a la fecha mencionada supra. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.