Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el recurso de apelación interpuestos por la Abg. Abg. Maria Milagro Parra en su condición de Fiscal Noveno (Auxiliar) del Ministerio Público, contra la decisión dictada por el Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 18 de febrero de 2006 y fundamentada el 22 del mismo mes y año, en la cual decretó medida cautelar sustitutiva de la contenida en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos ALFONSO JOSÉ RODRÍGUEZ Y JOSÉ GREGORIO CASTILLO BRACHO.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 18 de febrero de 2006 y fundamentada el 22.....