En base a las anteriores consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Leidy Moreno Flores, en su condición de Defensora Privada del ciudadano Andres De Jesús Falcón, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 05 de Marzo de 2014, mediante la cual Declaró Sin Lugar la Nulidad Absoluta solicitada por la defensa.
Publíquese, Regístrese y remítase al Tribunal de Primera Instancia correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a los 07 días del mes de Octubre del año dos mil Catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.