PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la recurrente Abg. FANNY CAMACARO, actuando en su condición de Defensora Pública de los imputados NAPOLEON ALVARADO e ISIDRO DAZA, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal, de fecha 14 de Marzo de 2007; en la cual NEGO la solicitud de la Defensa de que se declarara la Prescripción de la Acción Penal conforme a lo establecido en los articulo 318 numeral 3 en concordancia con el articulo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la decisión recurrida dictada en fecha 14 de marzo del 2007, mediante la cual niega la solicitud de PRESCRIPCIÒN DE LA ACCIÒN PENAL interpuesta por la Defensora Pública Penal Abg. Fanny Camacaro, debiendo sustanciarse la solicitud de prescripción de la acción penal de conformidad con lo contemplado en el artículo 29 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se ORDENA la re.....