Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR Recurso de Apelación interpuesto por el Representante de la victima Abogado HÉCTOR BRAVO BRAVO, contra Sentencia del Tribunal Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, dictada en fecha 30-05-06, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano CARLOS ARMANDO SILVA, de la comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA CONTINUADA, previsto y sancionado en los artículos 470 y 99 del Código Penal Vigente.
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes la Sentencia dictada por el Tribunal Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, dictada en fecha 30-05-06.