Declara CON LUGAR, los Recursos de Apelación interpuestos por el Abogado Héctor Luís Rodríguez Pérez, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Franklin Lenin Torres Oropeza y por el Abogado Pedro José Troconis Da Silva en su condición de Defensor Privado del ciudadano Hemberth Eduardo Gudiño Salon, ambos contra la decisión dictada en Audiencia de fecha 12 de Marzo de 2009 y fundamentada en fecha 16 de Marzo de 2009 por el Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual, otorgó la prórroga solicitada por el Ministerio Público por el lapso de dos (02) años y declaro improcedente la solicitud de decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre sus defendidos.