DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de derecho expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, CONFIRMA en los términos expuestos la decisión dictada el 18 de Junio de 2004, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del Dr. Antonio Gutiérrez, que expidió Mandamiento de Habeas Corpus, a favor del ciudadano EDUARDO BARRIOS GIL, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.228.849.
Queda así CONFIRMADA la decisión consultada.
Publíquese, regístrese la presente decisión, y remítase al Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial, a los fines de su conocimiento y posterior archivo de las actuaciones.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. En Barquisimeto, a los _____ dí.....