Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado José Gregorio Padilla Gordillo, en su condición de defensor privado del ciudadano José Luís Rivas Zerpa, contra la Decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 6 de éste Circuito Judicial Penal, dictada en fecha 19 de Noviembre de 2007., mediante la cual se acordó la Medida Privativa de Libertad al imputado José Luís Rivas Zerpa, de conformidad con lo establecido en el articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se revoca la Medida de Privación Preventiva de Libertad del ciudadano José Luís Rivas Zerpa, debiendo mantenerse en las mismas condiciones en que se encontraba antes de la celebración de l.....