Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve: PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación en la modalidad de EFECTO SUSPENSIVO, interpuesto por la ABG. MARÍA RODRÍGUEZ, Fiscal Décima Sexta del Ministerio Público del estado Falcón, contra la decisión dictada por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 2 de Punto Fijo, estado Falcón, en audiencia preliminar de conformidad con el artículo 107 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en fecha 05 de diciembre de 2016 y publicada el 08 de diciembre de 2016, mediante la cual acordó la revisión de medida, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, e impone al ciudadano ASDRÚBAL V.....